martes, 23 de noviembre de 2010

Consejos comunales - Conformación de Comunas


1. ¿En qué consiste el servicio?
El Consejo Comunal es la estructura Social, que funcionara como el ente planificador de proyecto de necesidad y de proyectos de producción que desarrollen nuevas fuentes de trabajo e impulsen el desarrollo social y económico de la comunidad un mecanismo de la participación ciudadana.

2. Recaudos
a. Notificar a los ciudadanos la constitución de la Comisión Promotora que conformará la comuna.
b. Elegir la Asamblea Constitutiva
c. Consejo electoral Provisional
d. Conformar la Comisión Redactora
e. Realizar un referendo aprobatorio
3. Tiempo de respuesta de la solicitud
Una vez conformado el consejo electoral provisional tendrá un lapso de 45 días continuos. Igualmente una vez que se haya decidido la conformación y aprobación de la carta constitutiva.
4. ¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?
El mínimo de colectivos de trabajo son 7 para conformar el consejo comunal la comunidad escogerá según su tipología o necesidades a los colectivos siendo imprescindible el de contraloría social y la unidad financiera para la conformación del consejo local.
Los demás colectivos pueden ser el comité de salud, comité deporte, comité de cultura, comité de seguridad social, comité de educación, comité de Padres y Representantes, comité de usuarios, comité de producción, comité de ambientes, comité de seguridad y defensa, comité de tierra, comité de vivienda y habita, comité de economía popular, comité de trasporte, cooperativa de construcción, Asociación de vecinos , O N G. y otros
5. Contacto
www.mpcomunas.gob.ve
http://taquillaunica.mpcomunas.gob.ve/comision_electoral_permanente/
6. Definiciones que usted debe tener en cuenta
Banco de las Comunas
Organización económico- financiera de carácter social que gestiona, administra los recursos financieros, impulsando políticas económicas con la participación democrática y protagónica del pueblo.
Cartas Comunales
Instrumento donde se establecen las normas elaboradas por los habitantes de la comuna en Parlamento Comunal con el propósito de regular la vida social y comunitaria de conformidad con la Constitución Bolivariana de Venezuela.
Carta Fundacional
instrumento aprobado en referendo popular, donde las comunidades expresan su voluntad de constituirse en comuna.
Estado Comunal
Forma de organización político social, fundada en el estado social de derecho y justicia establecido en la constitución, en la cual se le otorga poder al pueblo, con un modelo de propiedad social y de desarrollo endógeno sustentable.
Parlamento Comunal
Máxima instancia del autogobierno en la comuna, constituido por asambleas de ciudadanos, establecidos en cada uno de sus respectivos ámbitos territoriales.
FUENTE: http://www.gobiernoenlinea.ve/miscelaneas/tramite_3.html

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